
El BOE publica este 17 de septiembre la orden que crea el mercado de capacidad del sistema eléctrico peninsular. El mecanismo permitirá pagar por disponer de instalaciones que aporten electricidad, o de consumidores que reduzcan su demanda, cuando el sistema necesite ese respaldo. La norma entra en vigor el 18 de septiembre de 2026.
El coste se financiará a través de las comercializadoras de electricidad y de los consumidores que compran directamente en el mercado. Pero la publicación de la orden no permite calcular cuánto cambiará tu factura ni significa que el 18 de septiembre empiece a cobrarse un recargo doméstico concreto.
Qué es un mercado de capacidad, explicado fácil
El sistema eléctrico necesita que haya electricidad suficiente cuando se demanda. Para ello cuenta con centrales de generación, instalaciones de almacenamiento y consumidores capaces de reducir su consumo en determinados momentos.
En el mercado de energía se compra y vende electricidad. En el mercado de capacidad se contrata otra cosa: la disponibilidad de recursos que puedan ayudar a cubrir la demanda cuando haga falta. Quien obtenga una adjudicación asumirá obligaciones de servicio a cambio de una retribución.
Una batería sirve como ejemplo: puede almacenar electricidad y devolverla a la red más adelante. Este mecanismo no paga simplemente por tener una batería instalada, sino por comprometer una capacidad de respaldo, superar los requisitos de participación y cumplir las obligaciones correspondientes.
La orden llama «potencia firme» a la aportación que se reconoce a cada instalación según su disponibilidad y fiabilidad. No toda la potencia instalada se cuenta automáticamente como respaldo disponible.
No es lo mismo que la potencia que tienes contratada en casa
Aunque ambos conceptos utilicen la palabra «potencia», no conviene mezclarlos. Esta tabla separa lo que consumes, lo que contratas para tu vivienda y el servicio que contratará el sistema eléctrico.
Concepto | Qué significa | En qué se mide |
|---|---|---|
Energía consumida | La electricidad que utilizas en casa durante un periodo. | kWh; su precio puede expresarse en €/kWh. |
Potencia contratada | La capacidad que contratas para utilizar aparatos a la vez en tu suministro. | kW; se factura con un precio por kW y tiempo. |
Servicio de capacidad | La disponibilidad de respaldo que el sistema contrata mediante subastas. | MW de potencia firme; las ofertas se expresan en €/MW firme y año. |
El mercado de capacidad no cambia por sí solo los kW contratados de tu vivienda. Tampoco debes interpretar sus precios de subasta como un precio por kWh aplicable directamente a tu recibo: son magnitudes distintas.
Quién lo paga y qué se sabe sobre la factura
El artículo 30 de la orden establece que financiarán el servicio las comercializadoras, incluidas las de referencia que ofrecen el PVPC, y los consumidores directos en mercado. Estos últimos son quienes adquieren la electricidad directamente en el mercado mayorista; no significa cualquier hogar que paga una factura.
Para repartir el coste, la norma prevé precios unitarios por segmento tarifario y periodo horario, con un término de energía. Las categorías y los periodos coinciden con los de los peajes de transporte y distribución. Esos precios se actualizarán mediante una orden ministerial para cada ejercicio.
Por tanto, el mecanismo tiene un coste que forma parte del suministro eléctrico y no es ajeno a los consumidores. Lo que no establece esta orden es una cantidad mensual única que pueda atribuirse a todas las viviendas. Para estimar un efecto concreto hacen falta el coste del servicio adjudicado, los precios unitarios aplicables y las condiciones de facturación de cada suministro.
Por qué se crea este mecanismo
El Ministerio para la Transición Ecológica plantea el mercado como una forma de reforzar la seguridad del suministro y facilitar inversiones en respaldo y flexibilidad mientras crece la generación renovable. La orden se apoya en análisis de cobertura que estudian si el sistema dispondrá de recursos suficientes para atender la demanda en distintos escenarios.
La finalidad es que haya recursos disponibles cuando se necesiten, aunque los ingresos por vender electricidad no basten para hacer viables determinadas inversiones. Eso no convierte la norma en una garantía de que nunca habrá interrupciones: disponer de generación suficiente y evitar cualquier avería de la red son problemas diferentes.
Quién puede participar y cómo se elegirá
Podrán participar instalaciones de generación y almacenamiento, consumidores y agregadores que cumplan los requisitos. Un agregador reúne la aportación de varias instalaciones para actuar conjuntamente. No se trata de una ayuda que cualquier hogar vaya a cobrar automáticamente por tener placas solares o una batería.
El servicio se adjudicará mediante subastas. Habrá subastas principales para contratar el respaldo previsto, subastas de ajuste para cubrir necesidades no resueltas y subastas transitorias hasta que comience el servicio de la primera principal. Las nuevas inversiones que concurran a las subastas principales deberán corresponder a renovables, almacenamiento o demanda.
Los adjudicatarios tendrán obligaciones de disponibilidad y, en el caso de la demanda, de atender las activaciones que solicite el operador del sistema. La norma prevé comprobaciones y consecuencias económicas por incumplimiento; cobrar por capacidad implica prestar un servicio.
Qué tienes que hacer como consumidor
La aprobación del mercado de capacidad no te obliga a cambiar de compañía, modificar la potencia de tu vivienda ni contratar un servicio adicional. Si tu comercializadora te comunica un cambio de precio y lo atribuye a este mecanismo, pide que identifique la norma aplicable, la fecha de efectos y cómo calcula el importe en tu contrato.
Para revisar ese aviso, conviene distinguir el precio de la energía, la potencia y los demás conceptos. Puedes apoyarte en nuestra guía para entender la factura de la luz.
Las próximas referencias para conocer su efecto serán las convocatorias y los resultados de las subastas, las fechas de prestación del servicio y los precios unitarios de financiación. La orden publicada hoy establece las reglas; por sí sola no demuestra ni una subida concreta de la factura ni un ahorro futuro.