El Gobierno aprueba rebajas condicionadas de los impuestos de la luz: cuándo se aplicarían

Publicada el

El IVA de la luz podría bajar al 10 % y el impuesto eléctrico al 0,5 % en noviembre y diciembre. La medida depende del IPC de la electricidad y no implica una rebaja inmediata.

Torre de alta tensión con tendidos eléctricos sobre un paisaje rural de colinas y vegetación, bajo un cielo azul con nubes.

El Gobierno ha aprobado un mecanismo para reducir los impuestos de la luz en noviembre y diciembre de 2026 si se cumple una condición: que el IPC de la electricidad suba más de un 15 % respecto al mismo mes del año anterior. El IVA podría bajar del 21 % al 10 % para los suministros que cumplan los requisitos, y el Impuesto Especial sobre la Electricidad pasaría de su tipo general, aproximadamente el 5,11 %, al 0,5 %.

La medida figura en el Real Decreto-ley 25/2026, aprobado el 29 de septiembre y publicado en el BOE el 30. No supone una bajada inmediata de tu recibo: antes hay que conocer los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), y la condición se comprobará por separado para cada mes de aplicación.

Cuándo podrían bajar los impuestos de la luz

Para noviembre se mirará el IPC de la electricidad de septiembre, que el INE publicará en octubre. Para diciembre se utilizará el dato de octubre, publicado en noviembre. En ambos casos, la subida interanual debe superar el 15 %: alcanzar exactamente ese porcentaje no basta.

Mes de aplicación

Dato que activa la rebaja

Noviembre de 2026

IPC de electricidad de septiembre: más del 15 % interanual. Se publica en octubre.

Diciembre de 2026

IPC de electricidad de octubre: más del 15 % interanual. Se publica en noviembre.

El calendario corresponde a los artículos 18 a 21 del decreto. Que se active la rebaja de noviembre no garantiza que también se aplique en diciembre: cada mes tiene su propia comprobación.

La entrada en vigor general de la norma está prevista para el 1 de octubre, pero esa fecha no es el comienzo de estas rebajas fiscales. Los artículos sobre electricidad fijan expresamente su posible aplicación en noviembre y diciembre.

A quién se aplicaría el IVA del 10 %

Si se cumple la condición del IPC, el IVA reducido se aplicará a los titulares de contratos de electricidad con potencia contratada igual o inferior a 10 kW. La norma incluye los 10 kW exactos y no distingue entre mercado regulado y mercado libre.

También contempla a quienes sean perceptores del bono social y tengan reconocida la condición de consumidor vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, sin establecer para este supuesto el límite de potencia anterior. No basta con mencionar el bono social de forma genérica: estas son las categorías que recoge el decreto.

El IVA se aplica en la Península y Baleares. Canarias, Ceuta y Melilla tienen otros impuestos indirectos, por lo que no se puede trasladar esta rebaja del IVA a sus facturas.

El impuesto eléctrico tiene una regla distinta

Los artículos 20 y 21 fijan un tipo del 0,5 % para el Impuesto Especial sobre la Electricidad si se supera el mismo umbral del IPC en el mes de referencia. Esta reducción no lleva el límite de 10 kW ni los requisitos del bono social previstos para el IVA.

El impuesto eléctrico se aplica en todo el territorio español. El decreto conserva cuotas mínimas: para los usos domésticos, la referencia es 1 euro por megavatio hora (MWh). Esto significa que, si el cálculo al 0,5 % queda por debajo del mínimo legal, se aplica ese mínimo; no es una cuota fija de 1 euro por factura.

El IPC de la electricidad no es el precio de OMIE

La condición depende del índice de precios de la electricidad elaborado por el INE. No se comprueba con el precio de una jornada, con tu recibo particular ni con la media del mercado mayorista de OMIE. Tampoco se utiliza el IPC general que suele encabezar las noticias de inflación.

Aunque el mercado mayorista se haya encarecido, eso no demuestra por sí solo que se haya superado el umbral fiscal. Como explicamos al analizar la subida de la luz en septiembre, el precio al por mayor, el precio de tu contrato y el total de tu factura son magnitudes distintas.

Qué puedes comprobar en tu factura

La medida también puede afectar a un contrato con precio fijo: mantener el precio pactado de la energía no impide que cambien los impuestos aplicables. No necesitas pasarte al PVPC para cumplir el requisito del IVA si tu potencia contratada está dentro del límite de la norma.

Por ahora, comprueba tu potencia contratada y localiza las líneas de IVA e impuesto eléctrico. Puedes apoyarte en nuestra guía para entender la factura de la luz. Cuando se publiquen los datos del INE, habrá que confirmar si se activa la rebaja de cada mes.

Una reducción de los tipos impositivos tampoco equivale a una bajada del mismo porcentaje en el total a pagar. El consumo, el precio contratado y los demás conceptos del recibo seguirán influyendo en su importe.

Fuentes y revisión

Revisado: 2026-09-30

Comparte este artículo

Todas las noticias